El pasado 22 de diciembre de 2022, el Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley que regula la protección de las personas que informen sobre infracciones que vulneren el ordenamiento europeo y nacional y, en consecuencia, que contribuyan a la lucha contra la corrupción con el objeto de transponer la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019.
Si bien es cierto, la transposición de la mencionada directiva europea a nuestro ordenamiento jurídico interno se hace un año tarde, puesto que la norma, debió haberse transpuesto en el 2021, ya que contemplaba disponer de un canal de denuncias para todas las Administraciones Públicas, antes del 17 de diciembre de 2021. Al igual que para las empresas de más de 250 trabajadores.
Evidentemente, hasta que se apruebe la ley y entre en vigor, no estarán obligadas, pero su ocurrencia es inminente y, a tal efecto, estos obligados dispondrán de 3 meses desde la publicación de la ley en el BOE, para cumplirla. Se estima que esto suceda en el mes de enero mediante pleno extraordinario.
Sin embargo, para las empresas de más de 50 trabajadores y menos de 250 trabajadores y los municipios de menos de 10.000 habitantes, la norma llegará a tiempo, ya que, éstas, deberán de disponer del canal de denuncias antes del 1 de diciembre de 2023.
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